¿Canon Digital o Impuesto Digital?
Con la nueva Ley de Propiedad intelectual los consumidores españoles pagarán más y tendrán menos derechos.
En un momento crispado y difícil en la vida política española, con
los partidos mayoritarios enfrentados, la reforma de la Ley de
Propiedad Intelectual se aprobó el pasado julio con un amplio consenso.
La apoyó la mayoría del Congreso. La industria de la tecnología está en
contra, las entidades de gestión de derechos, como la SGAE, a favor.
Pero, ¿en qué lugar quedan las reivindicaciones de los consumidores?
El canon entra en el mundo digital
Las tarjetas de memoria, los reproductores MP3 e incluso teléfonos
móviles capaces de reproducir música estarán sujetos al pago del canon.
Vigente hasta ahora la ley de 1992, refundida en 1996, establecía
el pago de un canon para los soportes que permitían la copia de obras
artísticas, como las cintas de casete o de vídeo. La nueva ley pretende
transponer a la legislación española la directiva europea sobre la
Sociedad de la Información, y trasladar dicho canon a los soportes
digitales, estableciendo que no sólo los CD y DVD vírgenes, sino las
tarjetas de memoria, reproductores MP3 e incluso teléfonos móviles
capaces de reproducir música, estarán sujetos al pago del canon.
Canon por copia privada:
tasa aplicada a diversos medios de grabación y cuya recaudación reciben
los autores, editores, productores y artistas en compensación por las
copias que se hacen de sus trabajos. >
Novedades de la LPI
Estos son los puntos más importantes en los que se modifica la Ley de Propiedad Intelectual:
-
Copia privada: En la
nueva ley se sigue reconociendo el derecho a la copia privada, pero se
restringe. Ahora la copia privada de una obra debe realizarse siempre a
partir de una copia obtenida legalmente, y tiene que ser una persona
física quien lo haga, no un sistema informático. De este modo quedan
excluidas definitivamente las redes P2P de este concepto. -
Canon para soportes digitales:
El canon sirve para compensar a los autores por las copias privadas que
se realicen de su obra. En la nueva ley el canon alcanza casi todos los
soportes digitales, incluyendo CD y DVD grabables, reproductores MP3,
tarjetas de memoria e incluso teléfonos móviles. Quedan de momento
exentos los discos duros y las conexiones ADSL. -
Puesta a disposición interactiva:
Los autores y creadores que difundan sus obras a través de Internet
también tendrán una compensación por lo que se denomina "derecho de
puesta a disposición interactiva". -
Número de copias:
Aunque se trató la posibilidad de limitar el número de copias privadas
a tres, en el texto definitivo no hay tal límite. Sin embargo, sí que
hay límites al número de copias privadas en bibliotecas, museos y mundo
de la enseñanza.
Tags: canon, digital






















La verdad es que resulta cuando menos curioso: tanto discutir sobre los libros electrónicos, el Kindle, el placer de la lectura sobre papel, etc., y resulta que en Japón las novelas para teléfono móvil, o keitai shousetsu, son un éxito absoluto. 

